sábado, 20 de junio de 2015

Cuentas Bancarias. ¿Cuáles son sus diferencias y Cuál me conviene para mi tipo de negocio?

Al momento de iniciar con un emprendimiento, la preocupación principal es poder financiarlo. Me
refiero a tener el dinero para poder llevarlo adelante, pero cómo realizar las transacciones de este es otro punto fundamental. La ley 25.345 de PREVENCION DE LA EVASION FISCAL, en su art. 1º prevé que:

Los pagos totales o parciales de sumas de dinero superiores a $ 1.000, o su equivalente en moneda extranjera, deberán realizarse de acuerdo a los siguientes medios:
1. Depósitos en cuentas de entidades financieras.
2. Giros o transferencias bancarias.
3. Cheques o cheques cancelatorios.
4. Tarjeta de crédito, compra o débito.
5. Factura de crédito.
6. Otros procedimientos que expresamente autorice el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Quedan exceptuados los pagos efectuados a entidades financieras comprendidas en la Ley 21.526 y sus modificaciones, o aquellos que fueren realizados por ante un juez nacional o provincial en expedientes que por ante ellos tramitan.

Esto nos obliga a bancarizar prácticamente todas las operaciones, siéndonos imprescindible tener  una cuenta bancaria.
Por eso, para que usted pueda elegir qué tipo de cuenta le conviene poseer según el giro habitual que tenga su negocio, le facilito un power point que contiene las principales características genéricas de los distintos tipos de cuentas, además de un pequeño resumen de los distintos tipos de cheques.
Igualmente le recuerdo, que según sea la entidad bancaria que escoja estas caracterizas pueden variar.

Power Point: Cuentas Bancarias - Cheques

Desde ya espero le sea útil.